Por Jorge Milla Reyes

Por considerarlo de importancia histórica, publicamos un extracto del reportaje sobre el proceso sumario y sentencia que terminó con el fusilamiento de William Walker, ocurrido en Trujillo, Honduras, el 12 de septiembre de 1860

Durante su proceso Walker parece renegar de algunos de sus títulos -no de todos por ejemplo: "Preguntado por su nombre, edad, estado, patria y religión. Dijo: que se llama William Walker, de treinta y seis años de edad, soltero, natural de Nashville Estado de Tennessee República do los Estados Unidos y que es Católico Apostólico Romano". En el segundo interrogatorio se le preguntó por su profesión, asunto básico que parece olvidó el Coronel Norberto Martínez, quien estaba a cargo del interrogatorio, o bien José María Sevilla, escribano del caso:

"Preguntado, cuál es su profesión. Dijo: que es soldado, Abogado de los EE.UU., y Doctor en Medicina”.

En Nicaragua circuló el rumor que Walker había sido fusilado por negarse a afirmar que él no era Presidente de Nicaragua, lo cual es completamente falso. La Presidencia de Nicaragua no se menciona una tan sola vez en el proceso y Walker solo se refiere a su ciudadanía nicaragüense y a su condición de General de aquel país cuando pretende justificar su ataque a Trujillo.

"Preguntado si es el mismo que comandaba la falange que atacó a esta plaza la madrugada del seis de Agosto. Dijo, que es el mismo que atacó esta plaza, el día y hora que se le refiere, con el Tirulo de General el cual adquirió en Nicaragua, República de la América Central”.

"Preguntado con qué motivo y con qué títulos agredió la plaza. Dijo: que, como ciudadano y General de Nicaragua, cree tener derecho para pasar a aquella República a gozar de ciertos privilegios e intereses que tiene ahí: que por tal motivo para proporcionarse vía de comunicación por Honduras ocupó esta plaza en represalia de haber sido atacado él por fuerzas de esta República que comandaba el Gral. Florencio Xatruch y también para recibir aquí los demás refuerzos, con los que completaría su expedición a Nicaragua".

Nunca perdió su sangre fría y en más de una ocasión pretendió exculpar a sus soldados, así como encubrir a sus cómplices centroamericanos, especialmente a ciertos extranjeros habitamos de la isla hondureña de Roatán quienes le habían escrito, pidiendo su protección contra las autoridades hondureñas.

"Preguntado, diga quienes de su fuerza militar obraban de acuerdo con sus ideas. Dijo: que su fuerza militar le era enteramente obediente, y que por esto ni sus Jefes sabían sus intenciones, salvo la determinación general de ir a Nicaragua y que el movimiento sobre Trujillo lo proyectó el declarante un día antes de llegar aquí".

“Preguntado, diga quienes son sus cómplices en Nicaragua para el fin de sus determinaciones. Dijo: que tiene amigos en Nicaragua, principalmente cerca de León y Chinandega. pero que estos no sabían que él marchaba por este Estado".

Durante el proceso fueron interrogados los agentes consulares de los Estados Unidos don Eduardo Prudot y de Inglaterra Guillermo Melhado. El ciudadano inglés don Mauricio White, sirvió cuino traductor del interrogatorio hecho a Francisco Rudler, segundo jefe de la expedición filibustera.

Es probable que Walker albergara alguna esperanza de que las declaraciones del Cónsul de los Estados Unidos pudieran favorecerlo de alguna manera, pero ocurrió todo lo contrario: durante la toma de Trujillo por la falange filibustera, elementos de esa banda habían ingresado por la fuerza en la sede del Consulado y habiéndose apoderado de la bandera de los Estados la habían paseado por toda la población y luego instalado en la casa que sirvió de cuartel general a Walker. Aunque éste quiso enmendar el error enviando a uno de sus oficiales a pedir disculpas y devolver la bandera no logró aplacar la furia del Cónsul, quien, cuando llegó el momento, no hizo el menor intento por favorecer a ninguno de los filibusteros con sus declaraciones.

Walker, desde el primer momento insistió en que quería ser enjuiciado por delitos políticos pero la acusación fue por Piratería y Filibusterismo, ambas posiciones quedaron firmemente establecidas al momento de pedir la confesión del preso: "Seguidamente pasé a la cárcel donde se halla detenido el reo William Walker. a efecto de continuar su confesión. En consecuencia, se hizo cargo que habiendo armado una porción de hombres, y atacado con ellos a esta plaza sin un título legal y sin preceder declaratoria de guerra, ha cometido un acto de piratería o filibusterismo: delito grave que por todas las Naciones se castiga con la pena mayor.

Dijo: que no ha cometido delito de piratería, porque este se llama el que se comete en el mar; y menos de filibusterismo. porque esta palabra no tiene significación legal: que él estaba en guerra con Honduras porque el Estado se la había declarado y hecho en Nicaragua en los años del 1856 y 57".

De inmediato se le preguntó por la legalidad de sus actos contra el Gobierno de Honduras, su respuesta es más la de un caballero andante que la de un cabecilla de bandidos:

“Preguntado diga cómo explica en el sentido legal el hecho de constituirse protector o defensor de las garantías de los moradores de las islas de la Bahía; y el de haber atacado es la plaza. Responde: que por derecho natural se cree habilitado para proteger y auxiliar al débil; y que por el derecho de gentes, deducía el de poder hacer la guerra a Honduras, supuesto que ésta república se la hizo a Nicaragua en los años que deja dicho: y por último manifestó que se defenderá por sí ante el Consejo de Guerra.

Aunque Walker insistió durante todo el proceso en que su propósito era dirigirse a Nicaragua sin permanecer más tiempo que el absolutamente necesario en Honduras, el interrogatorio hecho a Rudler arrojó otra clase de datos: "Preguntado dijo: que el principal plan de Mr. Walker era destituir de la Presidencia al Gral. Guardiola y poner en su lugar al Gral. Cabañas, procurando así leyes más liberales para el pueblo, pero que el declarante no hacía parte en este plan, pues su objeto era establecerse en Roatán para poner “una agencia de comercio de frutas". No era la primera vez que se ligaba al General Cabañas con Walker y es que, en honor a la verdad, desde que Cabañas, siendo presidente de Honduras protegió y armó a los liberales de Francisco Castellon para derrocar a don Fruto Chamorro de la presidencia de Nicaragua, todas sus acciones respecto a aquel país, los filibusteros formaron una cadena interminable de errores que dejan en entredicho su conducta, en otros aspectos admirable.

El 9 de septiembre el Coronel Norberto Martinez elevaba el sumario a la instancia superior la Corte Marcial presidida por el General Mariano Alvarez, comandante principal del Departamento. En el escrito de remisión del sumario, el Coronel Martinez pide para Walker la pena de muerte y para Rudler la de prisión "...como verá usted pretende eludir los cargos con el sofisma de que no es pirata porque no ha robado en el mar, y de que no es filibustero porque esta voz no tiene valor legal; más él no ha podido disipar legalmente sus hechos, hechos vandálicos que lo hacen merecedor de la pena capital…"

"...su Segundo, Rudler, verdaderamente es menos culpable, porque ya se ve: es de aquellos hombres que en un país grande creen ciegamente a la voz de un maniático, que se imagina tener derechos y posesiones en C.A.".

Una vez recibido el Sumario, el comandante Departamental de Trujillo concedió "dos horas perentorias" a ambos reos para que se defendieran por escrito. Esta resolución está fechada el 10 de septiembre lo cual indica que en la misma lecha debieron recibirse los escritos de defensa. En efecto, el mismo día 10, Walker entrega su escrito de defensa, es un mismo documento de dos hojas, pero escrito tanto en español como en inglés.

Niega su culpabilidad de todas las acusaciones tanto las mayores que son la de piratería y filibusterismo, como algunas menores como por ejemplo haber saqueado la caja de la aduana del puerto, haber usado la bandera hondureña para cometer sus tropelías y otras por el estilo. Y reconoce su culpa en el ataque al Puerto, pero con fines políticos:

''Si soy culpable de algún delito, este es el de haber hecha la guerra al Estado de Honduras. Por este quiero ser Juzgado. Mi delito, si lo hay, ha sido político; y protesto contra los propósitos de oscurecerlo con tan vagas e insignificantes acusaciones como ''piratería” y "filibusterismo”. Júzgueseme por un delito definido por la ley; a saber, el de hacer la guerra cd Estado de Honduras".

La defensa de Rudler estaba orientada a disminuir su papel en todos los acontecimientos ocurridos, así como negar ser el segundo de Walker.

Antes de dictar sentencia, el General Alvarez pidió opinión jurídica al Licenciado Francisco Barahona, en relación con la misma, no obstante, él contestó excusándose de emitirla en esas circunstancias:

"Por haber externado desde antes mí opinión acerca de la pena que debiera aplicárseles a los reos Walker y Rudler, no me es permitido abrir dictamen y le devuelvo la Causa can el mismo número de folios útiles. Trujillo, Septiembre 11, 1860".

Así quedó todo listo para la sentencia que no aportó ninguna sorpresa, está una concesión de lo que había pedido el Coronel Martinez al remitir el sumario. Quizá la pena impuesta a Rudler resultó menos dura que la solicitada.

La sentencia se dictó el 11 de septiembre, consideró firmemente establecidos los cargos contra Walker, además de referirse a Decreto Supremo del 19 de agosto del mismo año que ponía fuera de la protección de la ley a todo filibustero, así como a la "fatal campaña contra el Gobierno legítimo de Nicaragua" y a los delitos de sangre ocasionados en la toma del Puerto. En cuanto a Rudler se consideró que, aunque era cómplice de Walker “...sus antecedentes e intenciones nos parecen menos depravadas, habiendo en el proceso otras circunstancias atenuantes..."

Así, la resolución final fue la siguiente:

"...yo, el Comandante de este Departamento... a nombre del Soberano Estado de Honduras y de conformidad con el Decreto Supremo de 19 de Agosto último ya citado, condeno a William Walker a ser pasado por las armas ejecutivamente; y a A.E Rudler a cuatro años de presidio en la capital de la República. - Así lo pronuncio, mando y firmo con el escribano de la Causa. Notifíquese y cúmplase''.

La sentencia le fue comunicada de inmediato a Walker por el Escribano Francisco Cruz, en esta notificación el jefe filibustero estampó la que probablemente sería su última firma:

”Yo el escribano de la causa notifiqué la sentencia anterior al reo William Walker y entendido dijo que no le parece justa y firmó: Francisco Cruz W. Walker".

La sentencia fue ejecutada el 12 de septiembre de 1860 a las ocho de la mañana. Walker fue sepultado en el cementerio de Trujillo donde aún se encuentran sus restos.

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