Por Leonardo Ixim
En la actualidad dos casos se llevan en Guatemala por graves violaciones a los derechos humanos y crímenes ligado a genocidio contra la población civil de parte del ejercito a inicios de la década de los ochenta del siglo pasado en los tribunales de justicia.
Durante la guerra interna sobre todo después de 1981 el ejercito lanza una feroz represión contra las comunidades indígenas del occidente de Guatemala, a partir de los denominados planes de campaña que adquieren un sentido integrado con el golpe de Estado de marzo de 1982, estructurando el Plan Nacional de Seguridad y Desarrollo, como forma de derrotar la movilización popular que se había trasladado de las ciudades y de la agroexportación en la costa sur, donde tenia un papel central la clase obrera hacia las comunidades indígenas del occidente.
Así ras fuerte represión estatal organizada por el ejercito y las extintas Policía Nacional, Militar Ambulante y Guardia de Hacienda, todas sujetas al primero, en los ámbitos urbanos y la costa sur, a finales de los setenta del siglo pasado; la resistencia se mantiene a inicios de la década de los 80s, en las comunidades rurales mayas y nuevamente el ejercito lanza una represión militar salvaje con los planes de campaña. En esos territorios existen organizaciones ancestrales que se habían vinculados a las fuerzas insurgentes en su momento.
El proceso de apertura democrática implico la desmovilizan de las fuerzas populares revolucionarias y la aceptación del nuevo marco de legalidad burguesa, coronándose con los Acuerdos de Paz. En ese sentido muchos sectores de la sociedad que habían sido golpeados por la represión estatal durante la guerra interna, tuvieron expectativas y esperanzas de exigir justicia en los tribunales nacionales, a partir de sentencias y resoluciones de la Corte y Comisión Interamericana de los Derechos Humanos respectivamente, contra el Estado de Guatemala por graves violaciones a los derechos humanos, crímenes de guerra y de lesa humanidad.
Se fue estructurando socialmente entonces, una exigencia de justicia transicional, con algunos juicios que se abrieron a nivel nacional, estableciendo con eso una categoría, la de victimas, funcional para avanzar en los procesos penales, pero despolitizando a los sujetos que sufrieron la represión estatal y que expresaban un proyecto político, social y de clase, contra el orden dominante y el papel. En ese sentido, el culmen de este proceso fue el juicio contra los ex militares Efraín Ríos Montt presidente de facto en 1982 y su ministro de defensa en ese momento Mauricio Rodríguez Sanches, declarados culpables por genocidio contra el pueblo Maya-Ixil, por un tribunal de mayor riesgo, en 2013.
Pero días después la Corte de Constitucionalidad declaro que la sentencia de dicho tribunal no estaba apegada a derecho y obligo retroceder el proceso penal a etapas iniciales y allí se fue estacando. Esto tras un alineamiento de los poderes fácticos, empresariales, civiles y de ex militares, ante el temor que la justicia los alcanzara por sus implicaciones en crímenes contra la población que consideraban el enemigo interno.
Es importante que esa coyuntura estuvo marcada por una movilización de organizaciones denominadas de victimas sobre todo de población de origen maya que sufrió las masacres del ejercito y de otros sectores sociales sobrevivientes de la represión en los 80s.
Sin embargo los procesos penales que se están llevando acabo, los cuales profundizaremos en una segunda parte, contra Benedicto Lucas García ex jefe del Estado Mayor en el gobierno de su hermando, el también ex militar y ya fallecido Romero Lucas García, por intenciones genocidas contra la población ixil en el departamento de Quiche, en 1981, previo al golpe de Estado que impuso a Rios Montt; y el caso Creompaz también contra Benedicto Lucas y otros militares, por desaparición forzada a 565 personas ubicado en Coban, Alta Verapaz.
Ademas de toda una suerte de medidas dilatorias que pone la defensa y de la complicidad de jueces y elementos del sistema de justicia parte, estamos en un momento de poca o nula movilización por el derecho a la justicia de los sobrevivientes de la represión estatal.