Por Armando Tezucún
El gobierno guatemalteco presidido por Alejandro Giammattei avanza a pasos agigantados en el proceso de transformar el régimen político, dotándolo de características cada vez más represivas y dictatoriales. Una de las maniobras más reciente en ese sentido es el intento de aprobación por el Congreso de la República de la iniciativa de ley 6076, titulada Ley Para el Fortalecimiento de las Fuerzas de Seguridad Pública y del Ejército de Guatemala. El propósito evidente del proyecto es permitir que las fuerzas de seguridad del Estado puedan reprimir a su antojo las protestas populares, y proteger a los agentes culpables de cometer excesos de violencia contra la población, dotándoles de garantías legales y medidas sustitutivas.
La iniciativa fue presentada al pleno del Congreso el 29 de junio por los diputados del partido Unión del Cambio Nacional (UCN) Carlos Napoleón Rojas, Julio Lainfiesta, Karla Martínez, José Arnulfo García, Mynor Castillo y Byron Arreaga. Vale decir que el fundador de este partido, Mario Estrada, se encuentra preso en Estados Unidos por narcotráfico, y la UCN ha sido considerada por el gobierno gringo como un partido del narco. La Comisión de Gobernación del Congreso dio el dictamen favorable, con algunas modificaciones, a la iniciativa 6076 el 4 de agosto, remitiéndola a la Junta Directiva del legislativo para ser agendada, discutida y eventualmente aprobada.
El contenido de la iniciativa 6076
A pesar de que los reglamentos de la Policía Nacional Civil y del Ejército de Guatemala contienen protocolos que regulan el uso de la fuerza pública, los narcodiputados de la UCN consideraron necesario volver a normar el tema, determinando como objeto de la ley “…fortalecer y garantizar la actuación de los integrantes de las fuerzas de seguridad pública y del Ejército de Guatemala, al hacer uso de la fuerza en el cumplimiento de sus funciones, conforme a sus competencias, desempeñando acciones para garantizar la vida e integridad de los habitantes de la República, con estricto apego a lo establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala, instrumentos internacionales en materia de Derechos Humanos aceptados y ratificados por el Estado de Guatemala y de conformidad con el ordenamiento jurídico interno.”, siendo aplicable cuando los miembros de los cuerpos de seguridad “…al aplicar el uso de la fuerza resulten involucrados en la comisión de un supuesto hecho ilícito” (Dirección Legislativa, Iniciativa 6076, artículos 1 y 2).
Para hacer más extensiva la protección a futuros agentes represivos, el proyecto de ley incluye en el artículo 3, dentro de las fuerzas de seguridad nacional, a la Dirección General del Sistema Penitenciario y a la Secretaría de Asuntos Administrativos y de Seguridad de la Presidencia de la República (SAAS), cuyos ámbitos de acción se delimitan al resguardo de las cárceles y a la seguridad del presidente de la república, respectivamente.
El diputado Boris España, presidente de la Comisión de Gobernación del Congreso, explicó el tema en conferencia de prensa, diciendo que los miembros de las fuerzas de seguridad ven sus responsabilidades limitadas debido al marco jurídico nacional que les impide accionar de manera congruente, oportuna y eficiente para el resguardo del orden público, y que la propuesta pretende apoyar a los elementos de la policía y el ejército que han sufrido repercusiones legales con procesos largos, al utilizar el principio de proporcionalidad de la fuerza o por usar su arma en legítima defensa de su vida y la de terceros (https://www.congreso.gob.gt/noticias_congreso/8870/2022/1#gsc.tab=0).
Recordemos que la última vez que la policía hizo uso desmedido de la fuerza fue durante la represión de las protestas de noviembre de 2020, contra el presupuesto de gastos del Estado aprobado por el Congreso para 2021. En esta ocasión la población agredida no tenía medios de defensa, ni gases lacrimógenos para responder a la policía, y dos manifestantes perdieron un ojo debido a la represión, es decir, no hubo principio de proporcionalidad, ni los policías utilizaron sus armas en legítima defensa; y ninguno de los agentes fue aprehendido ni acusado de nada.
Llama la atención que entre las circunstancias en que las fuerzas de seguridad pueden hacer uso de la fuerza, se menciona, en el artículo 6 (Condiciones para el uso de la fuerza), la concurrencia de resistencia pasiva, que define se da “cuando una persona o grupo de personas se niegue a obedecer órdenes legítimas, comunicadas de manera verbal y directa por las fuerzas de seguridad pública y/o el Ejército de Guatemala…sin que dicha resistencia implique actos que pongan en peligro la integridad física de terceros” (Dirección Legislativa, Iniciativa 6076, artículo 6). Es decir, que la policía y el ejército podrán reprimir por la fuerza a personas que se encuentren desarmadas, aunque no les hayan agredido, simplemente por desobedecer una orden de los agentes.
El artículo 7 procura garantizar a los agentes del orden el debido proceso, el derecho de defensa y asistencia jurídica gratuita, y el artículo 12 adiciona el artículo 264 Ter. al Código Procesal Penal, que les garantiza medidas sustitutivas, como el arresto domiciliario.
Avanza la aprobación de la iniciativa 6076
El 9 de agosto, mientras se desarrollaban protestas de organizaciones indígenas y populares por todo el país, el pleno del Congreso de la República aprobó en primera lectura la iniciativa de ley 6076, pese a los argumentos en contra presentados por diputados de oposición de los partidos Semilla y Winaq, que pedían que regresara a revisión en las comisiones legislativas de Gobernación y Seguridad Nacional. El día 11, de nuevo en el contexto de protestas populares, la propuesta fue discutida en segundo debate; otra vez la oposición presentó sus argumentos en contra, y el diputado de la Urng, Walter Félix, presentó una moción privilegiada para que se solicitara la opinión de la Corte de Constitucionalidad, debido a que la propuesta contiene una serie de inconstitucionalidades. Al momento de iniciar la votación de esta moción, se revisó el cuórum, y se anunció que no era suficiente, por lo que fue suspendida la sesión.
Las organizaciones indígenas presionan
Desde el miércoles 10 por la noche, la Junta Directiva de los alcaldes Comunales de los 48 Cantones de Totonicapán se presentó en las afueras del Congreso, demandando que no se apruebe la iniciativa 6076 porque afectará el derecho de manifestación. La presidente del Congreso, diputada oficialista Shirley Rivera, los recibió por la mañana del 11 y les prometió que no sería agendada hasta que hiciera un análisis jurídico, “He dado la instrucción a la Dirección de Asuntos Jurídicos que analice si existen las inconstitucionalidades que manifiestan los 48 Cantones, por lo que esperaremos tener el dictamen respectivo para que la instancia de jefes de bloque y el Honorable Pleno, como órgano máximo del Congreso de la República tomen la decisión” (Prensa Libre 11/08/2022).
A su vez, la Municipalidad Indígena de Sololá expresó su rechazo al bloque oficialista y sus aliados en el Congreso por impulsar la iniciativa, pues considera que constituye una estrategia más del “Pacto de Corruptos” para censurar al pueblo, y sacrifica la libertad de manifestación pública por los intereses ilegales y mezquinos de esos grupos privilegiados. “Si el Congreso de la República persiste en su idea de no escuchar a los pueblos que conformamos este país, anunciamos que, con base al derecho a la libre determinación, estaremos tomando medidas legales y políticas correspondientes para detener este flagelo, pues no estamos dispuestos a permitir que este “Pacto de Corruptos” consolide la impunidad y socave la débil democracia que hemos construido a costa de nuestras vidas”, enfatizaron (La Hora 11/08/2022).
La iniciativa irá a consulta a la CC
Durante la sesión del legislativo del 17 de agosto, los diputados no aprobaron el orden del día, y la plenaria fue suspendida cuando la bancada oficial y sus aliados rompieron el cuórum. Ello significó que la iniciativa 6076 no fuera archivada; según la agenda aprobada por los jefes de bloque, se iba a discutir si se enviaba el proyecto a la Corte de Constitucionalidad (CC), para solicitar su opinión sobre el mismo. Según la presidente del legislativo Shirley Rivera, la recomendación del Departamento Jurídico del Congreso fue que se enviara a consulta a la CC.
A pesar de que se les trató de vedar el acceso al recinto del Congreso, los directivos de los 48 Cantones de Totonicapán exigieron que la iniciativa no sea remitida a la CC, y que en la sesión del 17 los diputados votaran para que sea desconocida y eliminada inmediatamente. Los compañeros afirmaron: “Desde ya responsabilizamos a la presidenta, junta directiva y a los diputados al Congreso de la República de Guatemala, de las consecuencias de las medidas de hecho que el pueblo va a tomar en su momento, por la necedad de querer seguir dándole curso a tal aberrante iniciativa” (Prensa Libre 17/08/2022). En la madrugada del día 18 una delegación de la directiva del Congreso atendió a los dirigentes indígenas y les notificaron que el martes 23 se les dará respuesta sobre su solicitud de anulación de la iniciativa.
El Grupo Parlamentario de Oposición presentó un amparo ante la Corte de Constitucionalidad en contra del Congreso de la República, para detener el proceso de aprobación de la iniciativa 6076, amparo al que la CC dio trámite.
El oficialismo está ganando tiempo mientras busca cómo evadir las exigencias de quienes se oponen a la represiva iniciativa. Si el Congreso la remite a la CC, es muy probable que ésta no la objete, pues todos sus integrantes son aliados del gobierno. Debemos prepararnos para tomar las calles y frenar la aprobación de esta nefasta ley.