Por Sebastián Chavarría Domínguez

El esperado proyecto de reformas constitucionales finalmente fue enviado por el presidente Daniel Ortega a la secretaría de la Asamblea Nacional. Con ello la cúpula sandinista ha iniciado el proceso de institucionalización del nuevo régimen político rediseñado a partir del 2007, cuando el FSLN recuperó las riendas del gobierno

1.- Evolución del régimen político

Para comprender el actual contenido e intención de las reformas constitucionales, debemos repasar la evolución del régimen político en Nicaragua. Con el triunfo de la revolución en 1979, bajo el contexto de la guerra civil y del enfrentamiento militar con el imperialismo norteamericano, el sandinismo realizó elecciones para Asamblea Nacional Constituyente, aprobando en 1987 la Constitución que todavía se mantiene vigente, la cual ha sufrido siete profundas reformas hasta la fecha.

En 1987 se instauró un régimen presidencialista, asentado en el poder absoluto del Presidente de la República, reproduciendo uno de los rasgos más grotescos del somocismo y de la tradición política nicaragüense.

Al asumir el gobierno Violeta Chamorro (1990-1997), utilizó los poderes que le daba la Constitución para iniciar un acelerado proceso de restauración del viejo orden. En 1995, el sector del sandinismo que posteriormente se transformaría en el Movimiento Renovador Sandinista (MRS), junto a aliados minoritarios (socialcristianos y socialdemócratas, liberales), impulsaron una profunda reforma constitucional que modificó sustancialmente el régimen político.

Se instauró un régimen semi presidencial, que trasladó grandes poderes a la Asamblea Nacional. El sandinismo, a pesar de su división entre “renovadores” y “ortodoxos” apoyó e impulso esta reforma constitucional, que le permitía resistir los embates de la ofensiva neoliberal. Con un porcentaje casi estático del 40% de los votos, el sandinismo se garantizó la capacidad de veto en los hechos dentro de la Asamblea Nacional y en las principales decisiones, incluidas posteriores reformas constitucionales que no se podían aprobar sin los votos sandinistas.

Bajo el gobierno de Arnoldo Alemán (1997-2001) primero se produjo un intenso forcejeo político y después lo que se ha conocido como “El Pacto”, en donde las nuevas paralelas históricas, el PLC y el FSLN, impulsaron profundos cambios a la Constitución.

En esa época, Daniel Ortega declaraba la necesidad de imponer un régimen parlamentario en Nicaragua. En los 16 años de ofensiva neoliberal el sandinismo impulsó varias reformas constitucionales que le trasladaron mayores poderes a la Asamblea Nacional. El poder de los diputados creció tanto hasta convertirse en un régimen parlamentario en los hechos: todos los altos funcionarios son electos o ratificados por la Asamblea Nacional, excepto el Presidente de la República, diputados, alcaldes y concejales. La escogencia del gobierno y sus ministros quedó siempre en manos del Presidente de la República, pero aumentaron las facultades de la Asamblea Nacional para destituir a los funcionarios que ella misma elige. Este último y decisivo aspecto, la escogencia del gobierno y la destitución de los ministros, que sigue estando en manos del Presidente, es lo que evita calificar al régimen político nicaragüense como parlamentario.

Al retomar el gobierno en el 2007, el FSLN inició un proceso de concentración de poder, instaurando en poco tiempo y en los hechos un régimen bonapartista, asentado en la institución del presidente Daniel Ortega, aunque conservando las formalidades con rasgos parlamentarios. A pesar que la oposición liberal era mayoría en la Asamblea Nacional, la oposición burguesa liberal estaba dividida en dos corrientes, arnoldistas y montealegristas, lo que facilitó los planes del FSLN.

En este proceso de concentración de poder, el FSLN reclutó a casi todos los altos funcionarios que provenían del Partido Liberal Constitucionalista (PLC), abandonando a su suerte al otrora poderoso líder Arnoldo Alemán. Al vencerse el periodo de los magistrados y altos funcionarios, el FSLN optó por dejarlos en sus cargos, liquidando a la oposición que ahora encabeza el Partido Liberal Independiente (PLI), que ansía desesperadamente convertir sus votos en cuotas de poder dentro de las instituciones del Estado.

2.- Bonapartismo y Correlación de fuerzas

Los regímenes políticos son la combinación de factores nacionales e internacionales. A nivel nacional, en el periodo 1990-2006, el FSLN retrocedió a nivel político pero en el plano económico se consolidó como un sector burgués dominante, conservando las propiedades confiscadas, el control del Ejército y la Policía.

En el periodo del 2007 hasta la fecha, Daniel Ortega centralizó el poder creando un nuevo régimen bonapartista. El concepto de bonapartismo fue analizado por el marxismo al comparar la experiencia de la revolución francesa con la revolución rusa. No es lo mismo bonapartismo que dictadura. El bonapartismo en Francia representó un proceso de reacción interna, pero que defendió las conquistas de la revolución contra los enemigos externos.

El régimen bonapartista en los países atrasados adquiere otras connotaciones, porque oscila entre el imperialismo y la nación oprimida. A esto León Trotsky lo llamó “bonapartismo sui generis”. Los regímenes bonapartistas sui generis no son todos iguales, pero tienen una característica común: deben hacerle concesiones económicas al movimiento de masas.

En la época de la revolución, el régimen tenía características de bonapartismo sui generis, a pesar de la guerra civil. Al final, el sandinismo tuvo que profundizar la reforma agraria y hacer concesiones como la autonomía de la Costa Caribe, solo para citar dos ejemplos relevantes.

El nuevo régimen bonapartista instaurado a partir del 2007, es diferente al de la época de la revolución, aunque conserve ciertas características sui generis, como la implementación de programas de asistencia social con fondos provenientes de la cooperación venezolana. Al final de cuentas estas migajas son concesiones al movimiento de masas. Estas concesiones son mínimas, pero en un país de hambre y desempleo, los programas sociales tienen algún efecto político. Por ello el FSLN conserva un importante sustento social.

Lo que permite la instauración y consolidación del nuevo régimen bonapartista es una combinación de factores. Por un lado, la debilidad del movimiento obrero y de masas que todavía no se recupera de los efectos nocivos de la derrota de la revolución. Por el otro, la debilidad congénita de la burguesía nicaragüense, duramente golpeada por las confiscaciones de la época de la revolución y por su incapacidad de producir sus propios instrumentos políticos. De esta manera, para garantizar su rol de clase dominante, la burguesía no puede ejercer el poder político de manera directa, sino a través de otros agentes o fuerzas que tienen su propia autonomía.

No olvidemos que la burguesía no es homogénea, sino que está dividida en fracciones que casi siempre luchan entre sí. De esta división surge la necesidad de un gran árbitro, de un Bonaparte que imponga el orden social. El representante de la burguesía sandinista es nada menos que Daniel Ortega, y el FSLN es el partido político que refleja y defiende los intereses de la burguesía sandinista, que hoy juega un rol hegemónico.

No obstante, no debemos perder de vista que esta institucionalización del régimen bonapartista se produce en el contexto de una agudización de la crisis económica del capitalismo, un deterioro de la situación económica en Venezuela, principal proveedor de ayuda al gobierno sandinista, y de una creciente preocupación de las cúpulas empresariales sobre el futuro del país.

La burguesía sandinista ha reaccionado con mucha astucia, profundizando sus negociaciones con los empresarios, incorporándolos al régimen; precisamente una de las reformas plantea institucionalizar la consulta permanente con las cámaras empresariales.

Las reformas constitucionales presentadas a la Asamblea Nacional serán aprobadas sin mayores cambios, conforme la voluntad política del FSLN, debido a que en las elecciones del 2012 obtuvo más del 60% de los diputados en la Asamblea Nacional. La oposición burguesa no tiene capacidad de incidir en la negociación del régimen político.

3. Se fortalece el corporativismo

Por falta de espacio debemos limitar nuestro análisis a los aspectos más importantes, solicitando la comprensión de nuestros pacientes lectores.

El extenso proyecto de reforma constitucional no amplia derechos de los nicaragüenses, aunque convierte la ideología oficial en norma constitucional.

3.1.- “Cristiano, socialista y solidario”

El proyecto de reforma del artículo 5 de la Constitución, instituye como principios de la nación nicaragüense “los valores cristianos aseguran el amor al prójimo, la reconciliación entre hermanos de la familia nicaragüense, el respeto a la diversidad individual sin discriminación ninguna y la opción preferencial por los pobres. Los ideales socialistas promueven el bien común por encima del egoísmo individual, buscando la construcción de una sociedad cada vez más inclusiva, justa y equitativa, impulsando la democracia económica que redistribuya la riqueza nacional y se erradique la explotación entre los seres humanos”

Esta parafernalia es la elevación a rango constitucional del slogan oficial sobre el gobierno “cristiano, socialista y solidario”. Contradice el laicismo preconizado por la Constitución de 1987, y las anteriores Constituciones aprobadas por el liberalismo.

3.2. Las nuevas fronteras marítimas

Para hacer potable el proyecto de reformas constitucionales, el presidente Ortega ha introducido una reforma al artículo 6 de la Constitución: “De conformidad con las sentencias de la Corte Internacional de Justicia del ocho de octubre del año dos mil siete y del diecinueve de noviembre del año dos mil doce, Nicaragua limita en el Mar Caribe con Honduras, Jamaica, Colombia y Panamá”.

Con ello, el gobierno sandinista pretende consolidar el apoyo político obtenido al interior del país, en el diferendo con Colombia,

3.3. Responsabilidad compartida y “diálogo” en el Estado de los empresarios

Daniel Ortega ha cumplido su palabra de convertir el diálogo permanente con los empresarios en principio constitucional.

El proyecto incluye una reforma al artículo 98 de la Constitución que define un nuevo principio, que ha sido aplicado desde el año 2007 en adelante: “(…) El Estado debe cumplir a través del impulso de políticas públicas un rol de desarrollo del sector privado, que permita mejorar la funcionalidad y eficiencia de las instituciones públicas (…) Esto deberá desarrollarse en un modelo de alianza del gobierno con el sector empresarial pequeño, mediano y grande, y los trabajadores, bajo el principio de responsabilidad compartida y en diálogo permanente en la búsqueda de consensos, tanto territoriales como sectoriales.”

Esta propuesta refuerza los elementos corporativistas que ya estaban incluidos en la Constitución, y que muestran la naturaleza del régimen bonapartista, que pretende liquidar a los partidos políticos de oposición, y negociar directamente con las cúpulas empresariales, mientras controla y domestica a los sindicatos y organizaciones populares.

El proyecto también incluye una reforma al artículo 101 de la Constitución, que fortalece el principio de diálogo y responsabilidad compartida, como si los empresarios y los trabajadores estuviesen en igualdad de condiciones económicas.

Esta propuesta obliga a los trabajadores y sus organizaciones a participar en diálogos con los empresarios, bajo la tutela del Estado: “Los trabajadores y demás sectores productivos, tienen el derecho de participar en la elaboración, ejecución y control de los planes económicos, conforme el modelo de diálogo, alianza y consenso impulsado por el Estado, con el objetivo de elevar la productividad (….) Se deberán conformar Consejos sectoriales, a nivel regional y municipal, integrados por las empresas, cámaras, federaciones y confederaciones empresariales, los sindicatos, federaciones, confederaciones y centrales sindicales relacionadas y los funcionarios del Poder Ciudadano correspondientes, los que deberán ser instancias permanentes de diálogo, intercambio y responsabilidad compartida, para que, de forma armoniosa y consensuada, se determinen, apliquen y den seguimiento a las políticas sectoriales, nacionales, locales y regionales. También, se deberá conformar Consejos Nacionales del Gobierno con la representación del empresariado privado y la representación de los trabajadores al más alto nivel para la consecución de las políticas de desarrollo social, económico y productivo del país, en búsqueda del bien común, creando para ello "Comisiones de Seguimiento", las cuales estarán conformadas y tendrán las funciones que se establezca normativamente”.

4.- Un poco más de poder a la Asamblea Nacional

La oposición burguesa en crisis ha perdido la razón, ha enloquecido, bajo el asedio sandinista. Gritan a los cuatro vientos que Daniel Ortega pretende volver al presidencialismo ya superado, pero en realidad no es así.

El proyecto de reformas no contiene nuevos poderes para el Presidente, salvo uno nuevo que estaba en la Constitución de 1987: emitir decretos ejecutivos con fuerza de ley pero en materia administrativa. Aparte de esta facultad que ha sido aplicada en los hechos desde el 2007, no hay nuevos poderes para el Presidente de la República.

Al contrario, hay nuevos poderes para la Asamblea Nacional. En el año 2005 fue aprobada la Ley No 520 que contenía la reforma constitucional que permitía a la Asamblea Nacional destituir a los ministros con el 60% de los votos. Era una gran limitación de los poderes del Presidente sobre la composición del gobierno, pero esta ley fue declarada inconstitucional el 30 de agosto del 2005, por medio de la sentencia No 52 de la Corte Suprema de Justicia.

Ese mismo artículo que fue declarado inconstitucional fue nuevamente introducido por el proyecto de reformas. La propuesta de modificación del artículo 138, numeral 4, contempla que “si la Asamblea Nacional, considera al funcionario no apto para el ejercicio del cargo, con votación calificada del sesenta por ciento de los Diputados lo destituirá, y pondrá en conocimiento al Presidente de la República para que dentro del plazo de tres días haga efectiva esta decisión”.

Con esta propuesta se fortalece el rol de la Asamblea Nacional, que adquiere la capacidad de imponer destituciones al propio Presidente de la República.

5.- Objetivo central: despejar el camino a la reelección.

Indudablemente el aspecto crucial de la reforma constitucional es la derogación de las inhibiciones al presidente de la República. Daniel Ortega ha ejercido la presidencia en tres periodos, algo que quedó prohibido en la reforma de 1995.

Por ello, la propuesta de reforma contempla sencillamente quitar esas prohibiciones, derogando la parte que ordena que no puede ser candidato a presidente “el que ejerciere o hubiere ejercido en propiedad la Presidencia de la República en cualquier tiempo del período en que se efectúa la elección para el período siguiente, ni el que la hubiere ejercido por dos períodos presidenciales; el Vicepresidente de la República o el llamado a reemplazarlo, si hubiere ejercido su cargo o el de Presidente en propiedad durante los doce meses anteriores a la fecha en que se efectúa la elección para el período siguiente”.

Al derogar esta parte, queda allanado el camino para que Daniel Ortega, eje del régimen bonapartista, pueda presentarse como candidato a las elecciones presidenciales del 2017.

Siempre hemos sostenido que el problema de la reelección no es un problema de principios, siempre y cuando exista un sistema electoral democrático que permita al pueblo decidir si tal o cual candidato se mantiene en el cargo. La cuestión es que ese sistema no existe en Nicaragua.

6.- Otros aspectos de la reforma

Otra importante reforma es la reorganización del poder judicial. Al separar las funciones administrativas de las funciones jurisdiccionales dentro de la Corte Suprema de Justicia se opera un proceso de modernización del desprestigiado poder judicial. Se crea la jurisdicción contencioso administrativo a nivel nacional. Los empresarios están muy contentos.

Existen otras propuestas que meten en aprietos a la oposición burguesa, como la obligación de presentar el 50% de las candidatas mujeres en los cargos de elección popular.

El castigo al transfuguismo de los diputados, es parte del proceso de imponer el orden en las filas de los aliados. La propuesta relacionada con la concesión del canal interoceánico viene a legalizar la cuestionada concesión a favor del empresario chino Wang Jing.

7.- Es hora de una Asamblea Nacional Constituyente.

El proyecto de reformas constitucionales no democratiza el sistema electoral. El pueblo debe decidir democráticamente los cambios al sistema político, por eso se requiera una profunda reforma que democratice el sistema electoral.

Ya no se deben poner más parches a la Constitución de 1987, sino que se debe convocar a una Asamblea Nacional Constituyente, Libre, Democrática y Soberana, para que el pueblo decida el rumbo a seguir.

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