Julio Coj es miembro de la coordinación de la Unión de Sindicatos de Trabajadores de Guatemala (UNSITRAGUA )

¿Nos podrías explicar en qué consiste el Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo, si es un instrumento que cercena los derechos de los trabajadores, tiene atenuantes con respecto a esto o existe algún beneficio que les proporciona?

En sí, considero que el Convenio 175 de la OIT no es malo. Se realizó para países de Europa que en su momento lo necesitaban, en torno al tema de desempleo y crisis económicas; sin embargo, expertos han señalado que ese convenio no se adapta para las condiciones políticas, económicas y laborales en América Latina.

No se adapta porque las políticas y las conductas de los empresarios latinoamericanos, tienen una visión más salvaje que la de los empresarios de los países del primer mundo, pues los de aquí buscan exprimir todo lo que se pueda a los trabajadores. El convenio por su parte se podría aplicar, pero los gobiernos de Latinoamérica han elaborado reglamentos o guías para su aplicación, como el 189-2019 creado por el Ministerio de Trabajo con una finalidad.

Esa finalidad, sería bajar los salarios, que es la petición que los empresarios le han hecho siempre al gobierno. El convenio garantiza los salarios que entrarían en esa modalidad de tiempo parcial y garantizaría la seguridad social, pero ya en el reglamento emitido por el gobierno lo que hace es bajar los salarios.

Por ejemplo, una persona trabajaría cuatro horas, lo cual implica ganar Q 11 la hora, es decir Q 44 al día, imagínate los gastos diarios transporte y alimentación; y si al trabajador no le alcanza los Q90 diarios –por la jornada completa - estaría lejísimos del salario mínimo que de por si aún es limitado con respecto al costo de la vida.

Otro argumento empresarial es que los trabajadores a tiempo parcial tendrán derechos sociales y es cierto, por la presión que hemos hecho;  pero la proporción de los beneficios de estos derechos no será completa, sino la mitad o por el tiempo que esté trabajando y eso se aplicaría a bonificaciones, indemnizaciones y otros derechos adquiridos.

Así también con respecto a las finanzas del IGSS, al reducir la cantidad recibida por jubilación afectará la capacidad financiera y de proporcionar servicios de parte de esta institución. Pero respecto al IGSS tienen también una agenda oculta, llevarlo a mayor crisis para provocar la concesión o la privatización de esta institución.

Por otra parte también nos oponemos a este reglamento porque en su artículo seis dice que es permitido el traslado de trabajador de tiempo completo a tiempo parcial. Esto quiere decir que el mismo reglamento faculta a los empresarios para que  trasladen a los trabajadores con jornada completa o viceversa, implicando una reducción de los derechos laborales. Por ejemplo una trabajadora que ha trabajado diez o doce años jornada de ocho horas,  su pasivo laboral a la hora de jubilarse tendría una indemnización de acuerdo al salario que ganaría con la reducción de su jornada, lo que implica reducción de su pasivo laboral.

Entonces no buscan que el tiempo parcial genere más jornadas de trabajo por hora, eso es falso, sino lo que buscan es precarizar las jornadas de trabajo, bajando los salarios, rompiendo la estabilidad de los trabajadores y  afectando la continuidad para no organizarse en sindicatos y no tengan derecho a la negociación colectiva.

El convenio menciona acceso a la seguridad social y que el salario por tiempo parcial no puede ser menor al mínimo. ¿Esto no es una garantía a los derechos laborales de los trabajadores?

No garantiza porque el problema aquí es que resquebrajan todo el esquema de la relación laboral existente. Y el tiempo de trabajo parcial ya está regulado en el Código de Trabajo, al igual que otro tipo de jornadas, por tanto decimos que no existe necesidad de regular eso con un reglamento o una guía. Pues lo que ellos quieren es legalizar esa modalidad que ya se da en algunas actividades como en los servicios, en casas particulares y en las plantaciones agro-industriales, pero bajo la tónica de menores derechos laborales, es decir legalizar muchas de las ilegalidades que están cometiendo los empresarios.

Además hablan de que todo contrato laboral será pactado voluntariamente entre el patrono y el trabajador, pero sabemos que eso no es así porque el trabajador jamás podrá decir si está de acuerdo o no con aspectos de su contrato. Lo que se busca es también debilitar más la contratación colectiva con esto.

Por tanto, nosotros desde ya rechazamos como UNSITRAGUA y Movimiento Sindical Autónomo de Guatemala esta situación. Se hizo una conferencia inquiriendo al ministro de trabajo sobre ese tema; el jueves 1 de agosto impondremos un recurso de inconstitucionalidad al reglamento. Esto porque el artículo 102, inciso G de la Constitución Política de la República establece que todo trabajador que trabaja sus horas laborales tiene derecho a que se le pagan según lo estipulado por el trabajo de esa jornada, aun aquellos que trabajan menos tiempo por disposición del patrón y con consentimiento con el trabajador, estando obligado el primero pagarle el salario mínimo por ley.

Por otro lado se afectaría las otras modalidades de trabajo como el destajo, dejando a decisión del patrón cuánto pagar o sobre los trabajadores con jornadas superiores a las ocho horas, quitándole la bonificación que se paga por horas extraordinarias. Es decir, es una pérdida para quien trabaje por menos de las ocho horas, pero también un perjuicio para quien trabaje superior a esas ocho horas.

Además se afectaría a quien trabaje jornada nocturna que son seis horas, pues se pagaría menos y según la discreción del patrón, pues el acuerdo genera esas discrecionalidades que le permiten a los patrones hacer lo que les dé en gana.

¿Qué opinión le merece propuestas que en otros países el movimiento sindical ha exigido y logrado, como es reducir la jornada laboral diurna a seis horas, garantizando claro está un salario acorde para el costo de la vida y derechos sociales y laborales; pero también como una orientación para la lucha?

Existe eso en otros países, sobre todo europeos y también países donde se ha aplicado el convenio 175 con otro enfoque de protección a derechos. Pero en América Latina y sobre todo en Guatemala, Honduras o Colombia se tiene un empresariado totalmente conservador, que quisiera que el trabajador trabaje con salarios aún más de hambre o gratuitamente y sin derechos de toda índole. Entonces la mentalidad es acumular más riqueza en el menor tiempo posible a expensas de mayor hambre y pobreza y prácticamente una explotación de la fuerza de trabajo.

La pobreza, la extrema pobreza, la desnutrición crónica, el subdesarrollo que se encuentra Guatemala, es resultado de las políticas laborales y económicas que el sistema político impulsa. Porque el desarrollo de un país solo es posible a través de trabajo y salario digno, seguridad social para todos y también de la dotación de las tierras suficientes para la y el campesino, que pueda no solo alimentarse sino comercializar su productos; pues la pobreza no se combate con una bolsa de alimentos o una remesa de Q300 al mes. Esto solo sirve para mercantilizar el voto, entonces la gente vota por eso y no por un proyecto que promulgue la justicia social, el bienestar del trabajador pero también que permita la libertad sindical.

Con respecto al Convenio 175, ¿qué otras acciones además de las legales plantean hacer?

Hemos estado analizando realizar más acciones de calle y de protesta; para ese día concreto que se plantea presentar el recurso de inconstitucionalidad se pedirá a los trabajadores con licencia sindical su presencia. Después, estamos viendo la presentación de una queja ante la OIT, las Naciones Unidas y la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, por la violación de los derechos económicos y sociales de la clase trabajadora guatemalteca, regulados en el Pacto de San José,  que es una ley de la República; como una parte de una lucha a mediano y largo plazo. Como la lucha que históricamente e internacionalmente ha librado la clase trabajadora mundial para conquistar sus derechos.

Con esto me das la pauta para la última pregunta, ¿cuál crees que debería ser el papel del movimiento sindical guatemalteco desde una perspectiva global de cara a la reivindicación de los derechos de la clase trabajadora pero también a plantar una perspectiva de país distinta?

Nosotros como UNSITRAGUA, la Central General de Trabajadores de Guatemala y la Central Única Sindical de Guatemala, estamos afiliados a la Central Sindical Internacional y a la Confederación Sindical de las Américas, y tenemos una plataforma de desarrollo social latinoamericano, donde existen líneas planteadas para presentar posicionamientos conjuntos a nivel nacional e internacional.

Existen otros riesgos como el que el gobierno antes de su finalización imponga un reglamento al Convenio 169 de la OIT sobre consulta a los Pueblos Indígenas, situación a la que también desde los sindicatos nos hemos opuesto, coordinando con organizaciones representativas indígenas; pues este gobierno al igual que todos los existentes desde 1954, nunca ha pensado en el desarrollo del pueblo sino en el saqueo y robo para garantizar los intereses empresariales.

La situación de falta de oportunidades para la juventud y la niñez ha provocado que sean caldo de cultivo para la delincuencia o que opten por la migración; al igual es Honduras de donde han salido grandes caravanas de migrantes. Desde hace 10 años implantaron el trabajo parcial en ese país, generando una mayor precarización de las relaciones laborales allá. Por tanto es cínico que los empresarios y sus gobiernos,  presenten esa medida como una salida para el subdesarrollo del país.

Por tanto, consideramos que necesitamos establecer lazos de mayor unidad en el sindicalismo nacional pero también centroamericano y regional; necesitamos levantar plataformas como fue Concentra, que realizaba acciones coordinadas de lucha social  en el istmo Centroamericano, pero también de propuestas y de exigencias de demandas, creemos importante retomar esas iniciativas.

Hemeroteca

Archivo