Por José René Tamariz

El 10 de marzo de 2023 entró a regir la nefasta y anti obrera ley de empleo público que junto con la ley de fortalecimiento de las finanzas públicas (mejor conocida como combo fiscal), constituyen una tenaza mortal que reducen y deterioran, cada vez más, las condiciones materiales de existencia de los trabajadores del sector. Ambas leyes se complementan mutuamente para arruinar la vida de los empleados públicos y hacerles pagar el déficit fiscal y la deuda pública, mediante la reducción del gasto público, vía reducción de los salarios del sector público.

Combo Fiscal y Ley de Empleo Público: Incrementan las Desigualdad Económico-Social Contra los Trabajadores

El combo fiscal, a través de la oprobiosa regla fiscal, congela los salarios y ni siquiera permite reajustes salariales por aumento del Índice de Precios al Consumidor (IPC), mientras la relación deuda pública/PIB sea igual o mayor al 60%. Esa relación actualmente se encuentra casi en el 70%. Ese congelamiento afecta tanto a los empleados viejos como nuevos. ¿Cuándo irá a bajar esa relación a menos del 60%? No se sabe con certeza, puesto que la deuda pública lejos de disminuir aumenta constantemente. Por otra parte, el fatídico combo fiscal nominaliza y reduce los componentes salariales a los viejos trabajadores del sector público. Por su parte, la ley de empleo público reduce y congela los salarios de los empleados nuevos y viejos. Veamos.

Muchos, sino casi todos, los salarios de las nuevas escalas salariales, supuestamente “transitorias”, de la ley de empleo público para los “nuevos” empleados públicos son más bajos que los sueldos pagados en el sector privado y, en otros casos, menor que los salarios mínimos de ley determinados por el Ministerio de Trabajo. Debido a lo anterior, son salarios inconstitucionales, ya que el artículo 57 de la Constitución Política señala que “Todo trabajador tendrá derecho a un salario mínimo, de fijación periódica por jornada normal, que le procure bienestar y existencia digna. El salario será siempre igual para trabajo igual en idénticas condiciones de eficiencia…”. El investigador del Instituto de Investigaciones de Ciencias Económicas de la UCR, Luis Ángel Oviedo, “…describió un salario digno como aquel que le permite a una persona cumplir con sus requerimientos, alimentarios, de acceso a vivienda, pago de servicios y de ocio y recreación”. (Semanario Universidad, semana del 15 al 21 de marzo de 2023).

Para que un salario mínimo cumpla con esos requisitos para un hogar de tres personas que son el promedio en Costa Rica debe ser de “… ₡398.352 netos por mes para satisfacer sus necesidades mínimas de alimentación y acceso a bienes y servicios, pero sin poder ahorrar ni tener acceso a un crédito para vivienda, automóvil o estudios”. (Ídem). Entre otros, los puestos del sector público con salario global transitorio, que se encuentran por debajo del salario mínimo son el misceláneo de servicio civil I y II, así como el conserje de centro educativo; el educador de enseñanza preescolar y el profesor de enseñanza general básica; los agentes de policía, de tránsito y migración y otros puestos. Las diferencias salariales son de ₡27.080, ₡44.0.58 o más. En el caso de un bachiller universitario público, aunque el salario es superior al mínimo, existen diferencias salariales de ₡44.174 con respecto al del sector privado.

Es muy importante mencionar que la denominada “escala salarial transitoria” no existe en la nefasta ley de empleo público, sino que fue inventada vía reglamento. Por ejemplo, los salarios globales transitorios de los policías sólo contemplaban el salario base del nuevo personal y no el factor de riesgo por ejercer ese trabajo peligroso. Fue “Por la queja de los ministerios de Seguridad Pública y Justicia y Paz, MIDEPLAN y la DGSC debieron agregar el factor de riesgo de los policías para incrementar el salario a un nivel parecido a lo que sería el sueldo compuesto actual de las nuevas contrataciones”. (La Nación, 22 de marzo de 2023). Aunque los salarios de los policías fueron incrementados los salarios de los cuerpos policiales continúa siendo bajos. Esa situación va a conllevar a que muchos policías puedan ser reclutados por el narcotráfico y le puedan duplicar o triplicar esos miserables sueldos y, por ende, el grave problema del crimen organizado y la inseguridad aumente.

Por otro lado, con la ley de empleo público el congelamiento salarial se volverá permanente para los empleados públicos con salarios compuestos, ya que los salarios globales siempre serán menores que los primeros y uno de los artículos transitorios de esa fatídica ley plantea que los salarios compuestos solamente se podrán incrementar cuando sean alcanzados por los sueldos globales. ¿Cuándo alcanzarán los salarios globales a los compuestos en cualquier puesto que se considere? La respuesta es ¡nunca! Simple y sencillamente porque para que los sueldos globales alcancen a los compuestos se necesitarían de sendos reajustes salariales anuales para los empleados públicos, pero eso no se producirá porque la regla fiscal no permite reajustes salariales por lo señalado en párrafos anteriores y porque tampoco es política del gobierno actual ni de los futuros otorgar reajustes salariales ni siquiera que compensen la inflación, mucho menos incrementos reales.

El Monstruo de la Ley de Empleo Público: Hasta la Contraloría General de la República Crítica Fuertemente

La Contraloría General de la República (CGR) ha señalado de forma consistente y categórica los graves problemas, inconsistencias y errores en la implementación de esa disparatada ley de empleo público. En las conclusiones de del informe de la CGR se señalan los siguientes aspectos:

“3.1. MIDEPLAN y la DGSC en el marco de implementación de la LMEP, se han enfocado en temas relativos a la elaboración de propuestas para el reglamento de dicha Ley y la metodología para la implementación de la escala salarial global; lo cual puede limitar que los demás elementos señalados en los transitorios de la Ley, entre ellos, la plataforma integrada de empleo público, escala salarial global, sistemas automatizados de pagos, lineamientos y directrices, se concreten en el plazo y forma requeridos.

3.2. Al respecto, se evidenció que, en la hoja de ruta de implementación brindada, se establecieron acciones dirigidas únicamente a temas relacionados con la elaboración del reglamento, la metodología para la implementación de la escala salarial global y la plataforma integrada; las cuales presentaron atrasos en las fechas previstas y algunas no se han concretado a la fecha.

3.3. Además, MIDEPLAN no ha establecido mecanismos formales de coordinación necesarios para la implementación de la LMEP, lo que ha llevado a una falta de documentación y seguimiento de las discusiones y acuerdos entre las diferentes partes involucradas.

3.4. Lo anterior dificulta a esta Contraloría evidenciar e identificar los avances realizados por parte de MIDEPLAN en la preparación para la implementación de la LMEP.

3.5. Adicionalmente, se determinó que no se ha implementado una gestión de riesgos, que permita prever los potenciales riesgos que se podrían presentar en razón de los preparativos para la entrada en vigencia de la LMEP; en la cual, se establezcan controles específicos, así como la respectiva evaluación y análisis para su posterior valoración”. (Informe de Auditoría de Carácter Especial Sobre la Preparación Para la Implementación de la Ley de Empleo Público. 01 de marzo, 2023).

De ese informe es necesario e importante mencionar el aspecto relativo a que el Ministerio de Planificación (MIDEPLAN) y la Dirección General de Servicio Civil (DGSC) no tienen ni han desarrollado los “sistemas automatizados de pagos” para el nuevo personal con salario global. De ahí que todos los nuevos empleados públicos contratados a partir del 10 de marzo, fecha en que comenzó a regir la ley de empleo público, el gobierno no les podrá pagar y podrían, eventualmente, pasar varios meses sin salarios, lo cual constituye un gravísimo problema y una violación flagrante de los derechos laborales de los nuevos empleados del sector público.

Unidad Sindical y Huelga General para Echar Abajo la Ley Marco de Empleo Público (LMEP)

El gobierno de Rodrigo Chaves ha convocado a un supuesto “diálogo” para realizar algunas reformas cosméticas, pero no de contenido, a la LMEP. De forma acertada, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privado (ANEP) fue la primera organización sindical en rechazar su participación en esa pantomima de “diálogo” y ni siquiera asistió a la primera sesión de ese circo. Mientras que el día 20 de marzo diversas organizaciones (UNDECA, BUSSCO y otras) que asistieron a esa sesión, la abandonaron porque se dieron cuenta que el cacareado “diálogo” era una farsa. En realidad, la LMEP es como un monstruo que no admite modificaciones, sino únicamente su destrucción, mediante la movilización callejera.

De ahí que hacemos un llamado a todas las organizaciones sindicales sin distingo a que abandonen sus posiciones particulares y realicen una gran unidad nacional sindical en aras de la defensa de los intereses de todos los trabajadores del sector público, evitando que esa nefasta ley de empleo público se implemente en todos sus extremos nefastos en contra de los empleados públicos. Para alcanzar ese objetivo se hace necesario acordar la organización e impulso de una gran huelga nacional que eche abajo la aplicación de la anti obrera ley marco de empleo público (LMEP). No hay otro camino ni salida.

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