Bandera del Estado de Los Altos

Un episodio poco conocido de nuestra historia, fue la creación del Estado de Los Altos, en el año 1838, el mismo año que se produjo la disolución de la República Federal de Centroamérica. Por motivos de espacio, publicamos extractos del Libro que, sobre el tema, ha escrito el historiador Arturo Taracena Arreola.

(...) La caída del gobierno de Gálvez

La justificación histórica de los altenses para validar su decisión de separarse de Guatemala, ya lo sabemos, tenía como argumento el verse a sí misma como una región autosuficiente, con capacidad de convertirse en Estado. Así lo expresaba el considerando número 1 del Acta del pronunciamiento de Quetzaltenango de segregación de Guatemala para formar el Sexto Estado (de la República Federal), firmada el de 2 febrero de 1838:

“Que la naturaleza llama a los pueblos de los Altos a formar un sesto Estado de la Unión federativa por su posición topográfica, por la vasta estensión de su territorio, por su riqueza e industria, por sus artículos comerciales y por el suficiente número de sus habitantes.”

Al argumento anterior, la élite quetzalteca adicionaba el reclamo de la existencia de un sentimiento colectivo de subyugación en Totonicapán, Sololá y Quetzaltenango por haber sido "constantemente oprimidos y vejados con providencias violentas y con cargas y contribuciones exhorbitantes” por la ciudad de Guatemala, con el propósito de “mantener fuerzas numerosas que sostengan las miras hostiles del que manda” (considerando no. 7). De igual modo, en los considerandos 2 al 6, los quetzaltecos hacían mención, como parte de esa frustración, de los reiterados intentos altenses desde 1824 hasta 1837 por constituir un Estado. Impedidos uno a uno por las maniobras Legislativas de los políticos guatemaltecos, ya sea liberales o conservadores, en el Congreso Federal y en las instancias del Estado.

En un tercer nivel, aparecen los acontecimientos políticos inmediatos que a juicio de ellos habían desbordado el vaso durante la administración del jefe Mariano Gálvez, resumidos en los considerandos 9 y 10. En las elecciones federales del año 1837, Quetzaltenango se había quedado sin representación en el Congreso a causa de "los manejos e intrigas escandalosas con que los ajentes del Gobierno maniobraron para que no tuviese parte en las deliberaciones del Estado, cuya circunstancia sola es un derecho para su segregación”.

(…) Pero no bastaba con eso, sino que además se daba el incumplimiento por parte del gobierno de las demandas económicas hechas por las juntas y corporaciones y los representantes altenses a la Asamblea “sobre que se quitasen impuestos”, composturas de caminos”, "la construcción de un puente sobre el río Salamá”, la habilitación del puerto de Ocós”, para lo que había "empresarios que los hacían a su costa”.

Sin embargo, la razón coyuntural para hacer su declaración de independencia a inicios del mes de febrero de 1838 radicaba en el hecho que el Estado de Guatemala había entrado: “en la más desastrosa anarquía: que los pueblos se están pronunciando justamente contra el Gobierno, lo desconocen y desobedecen: que por todas partes se presentan facciones armadas en el Estado sin objeto ni plan, que roban y asesinan a los ciudadanos: que el Gobierno no tiene ni fuerza ni respetabilidad alguna con que destruirlas, ni para asegurar las vidas propie-dades y demás garantías constitucionales...’”

(…) Ese mismo día 2 de febrero, el Dr. Mariano Gálvez era sustituido en la jefatura del Estado por el Dr. Pedro Valenzuela, luego de varios meses de insurrección campesina de los montañeses en el Oriente del país, de descontento generalizado entre la población indígena del altiplano y de complot armado del denominado partido de los Opositores, en cuyas filas se topaban disidentes liberales, resurgidos conservadores y enfurecidos empresarios de la ciudad de Antigua. (…)

La declaración del 2 de febrero de 1838

Aunque la ciudad de Quetzaltenango dio el grito de segregación de Guatemala el 2 de febrero y el día 5, formalmente, se agregaban a él las municipalidades de San Miguel Totonicapán y de Sololá, no fue sino hasta el día 7 que se pudo formalizar legalmente el acta que ponía en marcha el proceso de creación del Estado de Los Altos. Nombrado miembro del gobierno interino local, Marcelo Molina Mata señala en sus Ligeros apuntamientos que:

“en las azarosas circunstancias en que se encontraba esta Capital (Guatemala) y comprometida ya la población de Quezaltenango con su solemne pronunciamiento, no era posible negarme a las instancias de las personas más notables de aquel vecindario... Así que marché precipitadamente de San Marcos (donde fungía como juez) a Quezaltenango, cuyos habitantes, reunidos en un paseo público, celebraban con alborozo y alegría el grito de independencia”.

(…) El contenido de las nueve resoluciones del Acta del pronunciamiento de Quetzaltenango exige un análisis detallado para tener una idea del alcance político de la maniobra quetzalteca e ir viendo más adelante, tanto sus realizaciones y sus fracasos, como sus variantes. El primer punto a constatar es el de la dimensión geográfico-administrativa pretendida por el movimiento de segregación. Queda claro que la ciudad de Quetzaltenango fue la que se pronunció en favor de convertirse en un Estado aparte del de Guatemala y que su propósito inicial consistió en convencer a los otros departamentos altenses (Totonicapán y Sololá, incluido en éste el partido de Suchitepéquez) de seguir su ejemplo. Para ello el Acta acordaba que:

"4o. Nombrará comisionados que pasen a todos los pueblos de este departamento y de los de Totonicapám y Sololá, para promover su pronunciamiento, llevando copia de la presente acta y todas las instrucciones necesarias."

El propósito era que cada pueblo, en el momento de pronunciarse, lo hiciese también por escrito al Congreso federal, para que quedase de una manera clara y terminante su voluntad de formar un nuevo Estado en esos departamentos.

Así, se afirmaba:

“6o. Luego que la mayoría de los pueblos se haya pronunciado, se organizara una junta gubernativa provisoria, compuesta de tres individuos, uno por cada uno de los departamentos de Sololá, Totonicapán y Quezaltenango, en la cual resida todo el poder necesario para regir los dichos pueblos.”

Mientras se verificaba esa elección general, los ediles quetzaltecos convocaron urgentemente por un “medio más sencillo" a sus pares en las capitales de los otros departamentos (Totonicapán y Sololá) y en las tres villas que componían el partido de Suchitepéquez (Mazatenango, Cuyotenango y Retalhuleu), para elegir un gobierno más “provicional” que enfrentase los retos iniciales de estructuración del nuevo Estado. La alianza de estas municipalidades habría de elegir el 5 de febrero un ejecutivo compuesto por cuatro miembros en las personas del licenciado Marcelo Molina Mata, por Quetzaltenango; el hacendado Joaquín Mont Prats, por Totonicapán; el agricultor Félix Juárez, por Sololá y el licenciado de origen nicaragüense José Tomás Sacasa Méndez, por Suchitepéquez. Este último, por encontrarse en Soconusco, fue suplido interinamente por José María Gálvez Valiente."

Con tal medida se avanzaba en la idea de hacer de Suchitepéquez un departamento, colmando las aspiraciones de las élites locales de esas tres villas, relacionadas económica y paternalmente con los quetzaltecos. Asimismo, se dejaba claro en la resolución que la regionalidad de Los Altos incluía a Soconusco como parte de su litoral del Pacífico, el que pasaría a integrar el nuevo Estado “si libremente se pronunciare", tomando en cuenta el convenio de zona neutral firmado por México y Centroamérica en 1825.

La municipalidad de Totonicapán había aprobado la segregación de Guatemala y su incorporación al nuevo Estado y nombrado al párroco Vicente Hernández, al ex diputado federal Nicanor Dubón y al ciudadano Anastasio González para que en comisión pasasen de inmediato a la villa de Sololá a exponer el “tratado de alianza y unión para la formación de un Sexto Estado". Las razones que habrían de aducirse frente a los notables sololatecos eran las de la anarquía imperante en aquel Estado y las “desgracias a que quedarían sujetos los pueblos de Los Altos y los grandes bienes que se privarían si no se lograse la oportunidad de segregarse en la ocasión". No se dudaba que los pueblos del departamento de Sololá secundarían el proyecto separatista.

Simultáneamente, Quetzaltenango y Totonicapán movilizaron tropas de apoyo a las villas de Sololá y Mazatenango con el propósito de garantizarse la adhesión integral de los pueblos de aquel departamento, que lindaba con el Estado de Guatemala y significaba un amplio litoral Pacífico para el nuevo Estado. Tal medida no solamente conllevó una airada respuesta por parte de los funcionarios guatemaltecos, quienes advertían que estaban prontos a “auxiliar eficazmente a cualquiera municipalidad que sea oprimida por las armas Quezaltecas, por no querer agregarse al nuevo Estado”, sino además la disputa abierta entre los dos Estados por el control del distrito de Suchitepéquez.’

Indudablemente estos territorios no estaban ganados para la causa separatista y por ello los dirigentes altenses decidieron actuar con medidas de filena. Era una forma de demostrar la validez de la resolución 8a., por medio de la cual Quetzaltenango ofrecía "su auxilio y protección a todos los pueblos e individuos que abracen su causa, echando un velo a todas las desavenencias pasadas". Semejante alarde de fuerza, claro está, se hacía frente a un Estado de Guatemala devastado en su región oriental y central por la guerra civil encabezada por los montañeses y los opositores. Y tenía como base el poderío de la División de Los Altos comandada por el general Agustín Guzmán López.

Estacionado en San Andrés Semetabaj, la frontera natural entre Los Altos y Guatemala, el general recibió una carta del Secretario General de Despacho de Guatemala, Felipe Molina Bedoya, requiriéndole fidelidad por orden del vicejefe Valenzuela, a la que respondió con términos de neutralidad. Empero, de inmediato se dirigió hacia Totonicapán, en donde, en un comunicado emitido el 16 de febrero, el héroe manifestó su adhesión a la causa de Los Altos haciendo ver que había contribuido a su causa militar en un período en el que como jefe castrense se había visto privado de recursos pecuniarios por la lógica bélica estatal, al haber guardado una actitud pacífica en la coyuntura del derrocamiento del jefe Gálvez.

Con esta actitud, él preservó su prestigio militar evitando caer en la aventura de ir a prestar auxilio a una causa perdida de antemano. Así, al no existir el gobierno legal, se sentía obligado hacia los pueblos de Los Altos, "porque en medio del mayor entusiasmo, han conservado el orden, asidos a la única tabla capaz de salvarlos del naufragio, se regeneraron por sí mismos, previa la sanción soberana de la nación".

La mención hecha por Guzmán López del reconocimiento de la “nación” al planteamiento separatista de Los Altos es el segundo punto a considerar en la estrategia del acta quetzalteca y que yo denominaré como la búsqueda de la dimensión estatal en el seno de la República federal. La misma estaba formulada en los dos primeros acuerdos del Acta y completada en el 9o., y tenía como pretensión una forma jurídica de legitimar la segregación de facto, obligando a Guatemala a encajar el golpe político:

“10.    Los habitantes de esta ciudad, se segregan del Estado de Guatemala, hasta que el congreso federal decrete la formación de un sexto Estado...

20.     Entretanto que ésto se verifica, el pueblo se somete a la protección de las autoridades supremas federales de la República y será tejido por un Gobierno Provisorio...

90.     Se dará cuenta al Gobierno supremo nacional y al del Estado de Guatemala de la presente determinación y de todas las posteriores que se dicten...”

Ponerse bajo la protección del ejército federal era estarlo bajo la de Morazán, quien en febrero de 1838 aún era el presidente victorioso de Centroamérica. Asimismo, Quetzaltenango pretendía respetar el espíritu de la Constitución federal en cuanto a formación de nuevos Estados en su seno. Sería sobre este punto que el nuevo gobierno del disminuido Estado de Guatemala atacaría la legitimidad de la segregación áltense. (…)

El Gobierno Provisorio

El Gobierno Provisorio de Los Altos formado por Marcelo Molina, Joaquín Mont, Félix Juárez y Jose Maria Gálvez, debía poner en práctica las facultades que le otorgaba el artículo 3o. del Acta del 2 de febrero respecto a:

"... proveer a su seguridad, organizando milicias, decretando arbitrios y nombrando los empleados que sean absolutamente indispensables.”'

En cuanto a la estructura militar del nuevo Estado, el ejecutivo interino decretó la organización de un escuadrón patriota al estilo del realizado por los guatemaltecos en 1826, es decir, compuesto por propietarios de las ciudades. Su objeto era el orden público y no podía salir a campaña sino por especial acuerdo del Gobierno en situaciones críticas.

Paralelamente, el general Guzmán López, luego de aceptar el cargo de comandante en jefe de las fuerzas (las Aguilas) quetzaltecas, inició a la cabeza de 400 hombres la fortificación de la línea fronteriza de Godinez. Pero la prioridad fue dirigida a conseguir mejor armamento, especialmente fusiles, con el propósito que el nuevo Estado se hiciese “respetable, fuerte y vigoroso, y quizás el asilo de la desgracia y el alcázar de la libertad”, según estas premonitorias palabras.

Para ello, el gobierno celebró con comerciantes ingleses de Belice un contrato de compra de armas y pólvora extranjeras. (…) Por otra parte, las medidas jurídicas estuvieron encaminadas a abolir el sistema judicial que heredaba del Estado de Guatemala, basado aún en los Códigos de Livingston y la ley orgánica para los juicios por jurados. La razón argumentada ahora por los gobernantes altenses insistía en que éste era un sistema “fuera del nivel y civilización de estos pueblos, compuestos en su mayoría de la clase indígena", por lo que sostenerlo era un acto imprudente. De hecho, sacaban las lecciones del papel jugado por la agitación de las comunidades indígenas en contra del gobierno de Gálvez y que provocó en gran parte su caída.

Esta medida hizo cesar de inmediato la administración de justicia por jurados y cortes. Sin embargo, había otra razón: la del proceso descentralizador inherente al espíritu de los Códigos. En esa coyuntura, la descentralización no le convenía al Ejecutivo instalado en Quetzaltenango, convencido de que, si bien debía de implementar un nuevo mapa administrativo de Los Altos, acorde esta vez a los intereses de la élite que conformaba al nuevo Estado, la hegemonía de los quetzaltecos era un elemento crucial para el éxito.

(…) En un primer momento, la labor del gobierno provisorio estuvo orientada a lograr el control de la administración de rentas, aprovechando la confusión. (…) Para ello, el gobierno se apresuró a crear una Administración General de Rentas y a establecer las sedes departamentales. La forma de esta era la de antes de las reformas de los Códigos. Sin embargo, aunque en un primer momento se dio un aumento en el erario, luego se tuvo que recurrir a empréstitos debido a los crecidos gastos militares por la compra de armamento, la defensa de la línea fronteriza y el auxilio militar prestado al Estado de Guatemala

Los pueblos de Suchitepéquez, Totonicapán y Sololá se resistieron a la actividad hacendaría del nuevo Estado, obligando al Ejecutivo a realizar un llamado “patriótico" en las páginas del nuevo periódico El Quezal para que se dedicasen a organizar el “importante ramo de nuestra existencia y crédito". Esta resistencia derivaría, como se verá, en el enfrentamiento directo entre las comunidades indígenas y el gobierno áltense, agravado por el trabajo forzado a que se les obligaba para la construcción de obras públicas con el propósito de romper el control de los comerciantes guatemaltecos en el Atlántico y en el Pacífico.

(…) Paralelamente, el nuevo Ejecutivo incitó a las municipalidades de los diferentes poblados a establecer una policía con el objeto de mejorar el ornato y la salud. También se ordenó el inicio de la recopilación de datos para la estadística del nuevo Estado. El propósito era que sirviese a la futura Asamblea para la redacción de una Constitución. Además, consciente de la necesidad de una labor propagandística, se empeñó en la adquisición de una buena imprenta, la del doctor Pedro Molina, la cual instaló en una casa comprada para tal efecto. Asimismo, el nuevo Ejecutivo indicó que, una vez fuese sancionada la creación del Estado de Los Altos por el Congreso Federal, se pasaría a realizar la división territorial con la intención de convocar a elecciones para diputados.

Finalmente, por medio de un decreto, en el mes de agosto se arregló la base electoral para la Asamblea Constituyente. De los tres departamentos (Quetzaltenango, Totonicapán y Sololá) en que se dividía la región de Los Altos durante su permanencia dentro de la administración guatemalteca, el Gobierno provisorio los oficializó en cuatro, con la designación como departamento de Suchitepéquez. Sin embargo, “conformándose a la topografía y a los acuerdos del Congreso", tomó a su vez la decisión de dividir el nuevo Estado en siete distritos electorales, de acuerdo a la densidad poblacional y con el objeto de facilitar el proceso electoral. Las siete tablas distritales se calcularon con base en los censos del año 1825, sin por ello dejar de tomar en cuenta la inexactitud manifiesta de los mismos y el aumento de la población a pesar de los estragos del cólera morbus, fundamentalmente en los distritos de San Marcos y Cuilco.

(…) Se completaba así la primera etapa de la puesta en pie del aparato administrativo del Estado, a la vez que se reequilibraba la división territorial al darle cabida política a las élites locales de San Marcos y de Huehuetenango. Cuilco no pudo mantener el rango distrital por la ausencia de aquéllas. (…)

El reconocimiento del Gobierno federal

En el número 1 de El Quezal, de fecha 23 de junio de 1838, bajo el título "Gran Noticia”, los dirigentes altenses dieron a conocer la nueva que el Congreso Federal había reconocido la segregación de Los Altos, de Guatemala, con la consecuente creación del sexto Estado de la Federación. En cartas dirigidas desde San Salvador por José Antonio Aguilar y Manuel José Arango, dos de los representantes electos por Los Altos, se supo en la capital áltense que el 5 de junio, diecinueve diputados habían votado favorablemente por la independencia de Los Altos.

La votación de ésta se acordó después que el Congreso Federal había hecho una serie de reformas a la Constitución para tratar de frenar el descontento generalizado de los Estados. Ya antes Costa Rica había llamado a una Convención General para intentar revitalizar el maltrecho sistema federal, mientras Nicaragua había declarado su separación del mismo, el 30 de abril. La trascendental de esas reformas fue la del 30 de mayo, que declaraba “Son libres los Estados para constituir del modo que tengan por conveniente, conservando la forma republicana popular y representativa y división de poderes”.

En tal coyuntura, parece lógico que la mayoría de los diputados hayan considerado que Los Altos poseían un número de hombres en aptitud competente para constituirse y gobernarse como Estado independiente y que, por tanto, tenían constitucionalmente derecho para efectuarlo, al llenar los requisitos exigidos por el artículo 198 de la ley fundamental. Por ello, habiendo tenido a la vista la solicitud hecha por la mayoría de sus representantes y porque Guatemala quedaba con “lo suficiente para subsistir”, decretó que los departamentos de Sololá, Totonicapán y Quetzaltenango formarían un nuevo Estado de la República Federal de Centro-América.

(…) Por su parte, los liberales guatemaltecos, al igual que en 1824 y 1836, se opusieron firmemente y en bloque, convencidos de que una legalización del separatismo de Los Altos hacía aún más insostenible su control del poder, sobre todo por la creciente amenaza de los montañeses. El ex jefe Juan Barrundia Zepeda y Manuel Irungaray encabezaron el voto en contra, apoyados por Manuel  Fagoaga y Pedro Gálvez. A ellos se sumaron los votos de tres de los seis representantes de El Salvador, entre los cuales sobresale el de Gerardo Barrios.

José Francisco Barrundia Zepeda explicaba posteriormente que dos habían sido los puntos legales de su rechazo al resultado de la sesión del Congreso Federal: la “improvisación" de los quetzaltecos en la idea de formar un Estado, sin haber consultado la voluntad de los departamentos de Los Altos y que tal decreto había sido dado “en contravención de la ley fundamental, y por tanto no tenía ningún valor ni fuerza de ley”. Con el análisis histórico, en la larga duración difícilmente se sostienen las afirmaciones de improvisación y contravención que hizo el célebre jurista guatemalteco. Lo que sí es innegable fue el coup de force de los quetzaltecos frente a los otros departamentos, ese 2 de febrero de 1838.

Tercero, los diputados por Honduras y Nicaragua claramente optaron por concederle la tan deseada independencia a los políticos altenses, como lo habían hecho en 1836. Su interés era el de debilitar al todopoderoso Estado de Guatemala. Sin embargo, pasaron largos dos meses y una semana antes de que Morazán lo ratificara el 16 de agosto de 1838. Tiempo que se necesitó para obtener la sanción del Senado, que se encontraba disuelto.

(…) Pasaría toda la segunda mitad del año 1838 antes de que los altenses y los guatemaltecos hubiesen dado un paso en la dirección de separar legalmente el territorio y los poderes administrativos. La victoria de la División de Los Altos en auxilio del gobierno de Guatemala sobre el insurgente Carrera sería el acontecimiento que inició una nueva coyuntura política en la que se contempló la separación formal entre los dos Estados.

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