Por José René Tamariz

1.- Porque el proyecto de “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”, expediente 20.580, mejor conocido popularmente como “Combo Fiscal”, reduce y elimina los componentes salariales de todos los trabajadores del sector público. En el caso de los empleados del sector educativo congela a montos nominales e invariables a través de los años, eliminando los pagos porcentuales sobre los salarios bases, las anualidades y carrera profesional. Es importante mencionar que el componente de la anualidad se pagaba sobre el 1,94% del salario base, mientras que la carrera profesional se incrementaba, cada año, conforme aumentaba el costo de vida.

   La anualidad y la carrera profesional quedará congelada "In saecula saeculorum" a los valores otorgados en el año 2018, lo cual hará que vaya perdiendo su importancia, hasta que prácticamente, por incremento de la inflación anual, perderá su valor, llevando en la práctica a su desaparición, lo mismo ocurrirá con la carrera profesional. Peor aún será con este último incentivo, ya que los cursos o capacitaciones que brinden el MEP no serán pagados como carrera profesional, sino solamente aquellos que sean recibidos por fuera del patrono y por solamente 5 años. A los nuevos trabajadores no se les reconocerá la carrera profesional por los títulos que sean requisitos para los puestos, tales como bachillerato y licenciatura.

2.- El incentivo de dedicación exclusiva para los nuevos empleados será reducido del 55% al 25% para los licenciados y de un 25% al 10% para los bachilleres. Para los trabajadores que mantienen vigente los antiguos porcentajes (55% y 25%) cuando los contratos de dedicación exclusiva sean renovados, la jefatura “… deberá acreditar, mediante resolución administrativa razonada la necesidad institucional y la relación de costo de oportunidad de suscribir dichos contratos, en razón de las funciones que ejerzan el o los funcionarios y el beneficio para el interés público”. (Artículo 29). Además “Sesenta días naturales antes de su vencimiento, el funcionario deberá solicitar la prórroga a la jefatura inmediata para que la Administración revise la solicitud a fin de determinar la necesidad institucional de la extensión, mediante resolución debidamente razonada establecida en el artículo 29 anterior, prórroga que no podrá ser menor de un año, ni mayor de cinco”. (Artículo 30). Estos criterios para el otorgamiento de la dedicación exclusiva apuntan en la dirección de ir eliminando, poco a poco, dicho incentivo entre muchos trabajadores a los cuales actualmente se les otorga y otorgárseles solamente a casos muy calificados por las jefaturas y la patronal.

3.- También los demás sobresueldos e incentivos que actualmente existen en el sector educativo serán pagados de forma nominal, tales como incentivo al desarrollo de la docencia (incentivo didáctico), zonaje, zonas de menor desarrollo y otros incentivos existentes. Al respecto el articulo 54 de dicho proyecto señala que “Cualquier otro incentivo, o compensación existente que a la entrada en vigencia de esta ley, este expresado en términos porcentuales, será un monto fijo nominal fijo resultante de la aplicación al salario base a enero de 2018”. (Texto Sustitutivo del Proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas)

4.- Con la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del combo fiscal, los productos de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) aumentarán en un 2%. Esta medida impactará los salarios de todos los trabajadores en general, pero particularmente a los sectores más empobrecidos que dedican gran parte de sus salarios en comprar alimentos.

5.- Se gravará con el impuesto del 13% del IVA al consumo de energía eléctrica que sobrepase el consumo de 280 kWh, también el consumo de agua que sobrepase los 30 m3 será tasado con el 13% de impuesto.

6.- Se gravará la medicina privada, los medicamentos y la educación privada con el 2% de impuestos. Actualmente, según el Colegio de Médicos, la tarifa mínima para consulta de un médico especialista es de aproximadamente 52 mil colones, lo cual con el impuesto subiría 1.040 colones más. Si un medicamento cuesta 25.000 mil colones con el 2% se tendría que pagar 500 colones más y así sucesivamente. Esto representará un duro golpe y un peligro de muerte para muchas personas que padecen enfermedades crónicas. Igual sucederá para miles de trabajadores que están obligados, por sus condiciones laborales, a estudiar en muchas universidades privadas las cuales ya son caras, pero se encarecerán aún más, lo cual podría representar el abandono de sus estudios.

7.- Los artículos y normas de la denominada “regla fiscal” que aparecen en el combo fiscal, en caso de que la deuda externa sea igual o mayor al 60% del PIB impondría severas restricciones a los gastos corrientes, como salarios, así como a las transferencias a las instituciones de bien social, ya que “el crecimiento interanual del gasto total no sobrepasará el 65% del promedio del crecimiento del PIB nominal”. (Artículo 11, inciso d). Actualmente el nivel de la deuda ronda el 50% del PIB. Con este nivel de endeudamiento se aplicaría el inciso c de esa regla fiscal el cual dice que cuando ese éste llegue al 45% pero sea inferior al 60% “… el crecimiento interanual del gasto corriente no sobrepasará el 75% del promedio del crecimiento del PIB nominal”.

8.- La eventual aprobación del combo fiscal significará la eliminación y prohibición, en los hechos, del derecho colectivo de la negociación de la convención colectiva, ya que no se podrán negociar nuevos incentivos ni otros beneficios económicos, puesto que el proyecto fiscal pone un techo infranqueable a nuevos y a aumentos de los incentivos existentes. Asimismo, las actuales convenciones colectivas vigentes, cuando se les venzan sus plazos para renovarla, tendrán que negociar a la baja todos los incentivos y otros derechos, ya que eso lo dicta e impone el plan fiscal.

9.- En cuanto a renta. Los cambios en el Impuesto a la Renta de los salarios, al crear dos nuevas categorías que no existen actualmente del 20% y de 25% de pago, impondrá nuevos impuestos a determinados salarios. Además, se le pone un impuesto del 10% a excedentes que reciban los trabajadores que estén afiliados a una cooperativa o asociación solidarista. Siendo lo más grave del combo fiscal que incorpora una amnistía tributaria a grandes deudores empresariales.

10.- En conclusión, la aprobación del proyecto de “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas” representará, en forma de ley, una modificación sustancial del sistema de los salarios del sector público. En otras palabras, la eliminación de los componentes salariales y la imposición, prácticamente, de uno nuevo, conllevaría, a mediano plazo, al salario único. La disminución de los salarios, decreto de reajuste salarial para un año, la reducción y eliminación de los componentes salariales más el IVA en canasta básica y otros servicios, conduce a disminuir la capacidad de compra y de vida de miles trabajadores y, por ende, a su empobrecimiento acelerado. Ciertos sectores de clases medias tenderán a su desaparición. Por otra parte, al reducirse la capacidad de consumo, el mercado interno tiende a contraerse y ello, conducirá a procesos recesivos de la economía nacional, que no solo disminuirá los niveles de consumo, sino que también aumentará el desempleo de la población en general.

   "Los Perros Ladran, Sancho, Señal que Avanzamos". ¡¡Todos a la Huelga Indefinida!!

   La jauría reaccionaria y neoliberal conformada por la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada (UCCAEP), la Cámara Costarricense-Norteamericana de Comercio (AmCham), los plumíferos a sueldo y sin sueldo de los medios escritos como “La Nación”, así como los partidos testaferros del capital (PAC, PUSC, PLN y otros), los funcionarios “progresistas” del gobierno, tales como, el “bailarín de ballet”, Edgar Mora, Ministro de Educación y otros bichos raros, solicitan y exigen a gritos que se declare como ilegal la huelga indefinida sin haber comenzado, puesto que inicia el lunes de 10 de setiembre, convocada por el frente unitario denominado “Unidad Sindical y Social Costarricense”. 

   La careta “democrática” y de “libertad” de toda esta jauría reaccionaria y neoliberal se les ha caído, la lucha de clases la ha desenmascarado.  La verdadera naturaleza antidemocrática y represiva les brota por todos los poros. Es muy probable que, incluso el gobierno del PAC, PUSC y el PLN, ya tenga escrita la “declaratoria de ilegalidad de la huelga” y dispongan a todos sus secuaces y juzgados a declararla ilegal de forma arbitraria. Sin embargo, el mejor veneno contra esas maniobras políticas de la reacción neoliberal será la masividad, contundencia y la paralización, a nivel nacional, de todos los sectores laborales, para obligar al gobierno Alvarado-Piza-PLN a retroceder en sus pretensiones de imponer un “combo fiscal” contra los trabajadores y sectores populares.

   Es muy probable que toda esta jauría reaccionaria debido a su carácter tan “democrático” pida en la próxima semana la represión de todas las fuerzas policiales contra los manifestantes y huelguistas. Ya el dispositivo policial está montado para reprimir. Cualquier “justificación” será esgrimida para iniciar la represión. Todos estos “demócratas” reaccionarios neoliberales si tuvieran ejército lo lanzarían contra los trabajadores y demás sectores en lucha. Esa es su verdadera naturaleza represora, defenderán a muerte todos sus privilegios, sus exoneraciones, sus ganancias acumuladas, su gigantesca evasión fiscal y explotación brutal contra los trabajadores de fincas, empresas y negocios y el saqueo contra los sectores populares.

   ¡Que el déficit y la deuda la paguen quienes las produjeron y mediante ella se han enriquecido!!

   ¡Abajo el Combo Fiscal, Expediente 20.580!!

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